A través de esta modificación se transfieren las competencias de la gestión de concesiones de agua y de policía del dominio público hidráulico a aquellas comunidades que lo han incorporado en sus estatutos de autonomía. Recurrir al mecanismo Real Decreto Ley para aprobar una modificación legislativa sólo se justifica por razones de urgencia y excepcionalidad, circunstancias que no se justifican ni motivan en este caso.
 
La gestión del agua en España ha sido y es causa de numerosos conflictos sociales, económicos, ambientales y políticos. Abordar los desafíos que entraña la gestión sostenible de los recursos hídricos en la sociedad del siglo XXI exige la modernización y reforma de la actual Administración del agua, adecuando los organismos, gestores y estructuras que la conforman al actual marco constitucional y pluricompetencial en materia de aguas.
 
La modificación  introducida ha hurtado el preceptivo y necesario debate social y político sobre su contenido, objeto y oportunidad en los órganos consultivos establecidos a tal efecto, tanto el Consejo Nacional del Agua como el Consejo Asesor de Medio Ambiente. Con esta modificación legislativa, lejos de contribuir a mejorar la gestión eficaz de los recursos hídricos, se añade conflictividad en un aspecto muy relevante de la gestión sostenible del agua: la distribución de competencias entre las distintas Administraciones públicas.
 
Desde hace años, CCOO y UGT han señalado la necesidad de reformar y modernizar las políticas, los medios y la administración del agua para su adaptación a las nuevas realidades políticas (el Estado de las autonomías), sociales (la diversidad de sensibilidades y organizaciones que representan intereses generales de carácter ambiental y social), y económicas (debido a la aparición de nuevos usos del dominio público hidráulico). Este proceso de transformación está paralizado y una de sus consecuencias más graves es la tremenda ralentización del proceso de planificación hidrológica y del grado de cumplimiento de la directiva marco.
 
Para UGT y CCOO, la cuenca hidrográfica -entendida como la superficie de terreno cuya escorrentía superficial fluye en su totalidad a través de una serie de corrientes, ríos y, eventualmente, lagos hacia el mar por una única desembocadura, estuario o delta- es el ámbito para una gestión integral, sostenible, democrática y participativa. La concurrencia de distintas Administraciones públicas en este espacio exige un sistema de distribución de competencias y una coordinación estable y eficaz de las distintas autoridades competentes para asegurar una adecuada gestión del dominio público hidráulico.
 
Por todo lo anterior, CCOO y UGT reclaman un debate sosegado, riguroso técnica y jurídicamente, democrático y participativo sobre la distribución de las competencias y el ejercicio de las  facultades asociadas a la gestión del agua entre las distintas Administraciones.  



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