El objetivo de la declaración es dotar de un régimen de protección especial a este enclave de 12,75 hectáreas, dado que contiene poblaciones excepcionales de especies de fauna silvestre, acoge a algunas de estas especies en fases vitales críticas para su supervivencia, y además en algunos casos la fauna es objeto de investigación.

Las especies amenazadas de interés en el enclave Alorines-Enestar son el Cernícalo primilla (Falco Nauman), el aguilucho cenizo (Circus pygargus) y el sisón común (Tetrax tetrax). La Orden establece que los propietarios de la reserva deberán realizar un seguimiento de estas especies e instalar carteles informativos que adviertan sobre su presencia.

La declaración de reserva de fauna implica determinadas limitaciones; queda prohibida, así, la modificación de los usos del suelo y cambiar o transformar el cultivo de cereal; el uso de pesticidas, herbicidas u otros productos químicos que resulten perjudiciales para las aves esteparias; las capturas sin autorización y molestar a cualquier ejemplar de fauna silvestre.

Además, la orden de la Consejería de Infraestructuras, Territorio y Medio Ambiente prohíbe la circulación con vehículos de motor ajenos a la propiedad por la reserva, así como modificar o instalar vallados u otras estructuras.

Responsabilidad del propietario

La gestión de la reserva de fauna silvestre es responsabilidad de su propietario; a la Consejería de Infraestructuras y Medio Ambiente compete la tarea de supervisión. Es, por tanto, a los propietarios a quienes corresponde desarrollar las normas de conservación, que podrán ser objeto de subvención por parte de la Consejería, y a quienes atañen las limitaciones de uso.



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