Esta norma establece un plazo de dos años para la aprobación del documento, cuyo texto inicial deberá someterse a información pública en seis meses.
El Plan de Protección del Corredor Litoral fijará los objetivos y criterios a los que habrá de atenerse el planeamiento municipal para la conservación y la revalorización de la franja comprendida en los primeros 500 metros de la costa, así como en todas aquellas zonas necesarias para asegurar las finalidades de preservación.
En consonancia con ello, el documento incluirá como objetivos generales preservar de la urbanización las zonas con valores ambientales, naturales, paisajísticos, culturales, agrícolas y forestales de los espacios litorales; evitar la consolidación de nuevas barreras urbanas entre los espacios interiores y los costeros; favorecer la biodiversidad a través de la continuidad de ambos, y armonizar la regulación del suelo no urbanizable en los municipios del litoral andaluz.
Comisión de redacción
El acuerdo de formulación aprobado establece que la elaboración del plan corresponderá a la Consejería de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, además de crear una comisión de redacción que se encargará de emitir dos informes sobre el documento: uno antes de su exposición pública y otro después de las modificaciones que se incorporen.
La comisión de redacción estará presidida por la secretaria general de Ordenación del Territorio de la Junta e integrada por representantes de este departamento, así como de las consejerías de Hacienda y Administración Pública; Economía, Innovación, Ciencia y Empleo; Fomento y Vivienda; Salud y Bienestar Social; Turismo y Comercio, y Cultura y Deporte; de la Administración General del Estado, y de los correspondientes municipios.
Para garantizar el cumplimiento de las previsiones del plan durante su elaboración, el decreto ley de medidas urgentes ya estableció -desde su entrada en vigor- la suspensión cautelar de la tramitación urbanística de los suelos urbanizables no desarrollados de los municipios litorales no adaptados al Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA). A partir de la exposición a información pública, esta medida se mantendrá sólo en los terrenos identificados expresamente en el documento. Independientemente de ello, los municipios que actualmente se encuentran en proceso de revisión y adaptación al POTA podrán continuarlo con normalidad.
El trámite de información pública se prolongará durante dos meses con el fin de incorporar las aportaciones de las administraciones y de los agentes económicos y sociales, así como de la ciudadanía en general. Tras la tramitación y resolución de las correspondientes alegaciones, el plan será aprobado de manera definitiva por el Consejo de Gobierno en un plazo no superior a dos años.