La convocatoria responde a la necesidad de contribuir al desarrollo socioeconómico de la población ubicada en el entorno del Parque, así como fomentar las actuaciones de protección y conservación de este medio natural.

Esta resolución establece que los ayuntamientos beneficiados serán Bueu, Ribeira, Vilagarcía de Arousa y Vigo, al ocupar parte de su superficie el ámbito de influencia socioeconómica del Parque Nacional. También serán beneficiarias de estas ayudas aquellas personas físicas y entidades públicas y privadas, cuya sede y actividad se sitúe en este entorno natural.

El Parque Nacional Marítimo Terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia agrupa los archipiélagos de Cíes, Ons, Sálvora y Cortegada y las aguas de su entorno, con una superficie total de 8.480 hectáreas. Situado en un entorno natural ligado al mar, presenta una extraordinaria biodiversidad, con gran variedad de ecosistemas, entre los que destacan, entre otros, los acantilados, las playas y sistemas dunares.

Actividades subvencionables

La reglamentación de usos y actividades permitidos en el interior del Parque Nacional es en ocasiones restrictiva debido a la fragilidad y el interés de proteger sus valores naturales. No obstante, esto no es obstáculo para fomentar y lograr el crecimiento económico de su zona de influencia socioeconómica de una manera harmoniosa y compatible con los objetivos de conservación. Así las iniciativas publicas y privadas que se podrán desarrollar con la concesión de estas ayudas en el entorno del Parque Natural serán:

la) Aquellas tendentes a la modernización de infraestructuras urbanas, periurbanas y rurales como pueden ser la mejora en el suministro de agua potable, mejora en la atención sanitaria la visitantes y residentes en el Parque, gestión de residuos, y otras semejantes.

b) Las destinadas a la conservación o restauración del patrimonio natural, siempre que presenten un manifiesto valor ecológico.

c) La eliminación de cualquier tipo de impacto sobre los valores naturales o culturales que justificaron la creación del Parque como por ejemplo: el soterramiento de aljibes, mejora de fosas sépticas, puntos limpios, entre otras.

d) Aquellas dirigidas a garantizar la compatibilidad de las actividades y de los usos tradicionales con la finalidad y objetivos de los Parques Nacionales.

y) Las destinadas a la conservación o restauración del patrimonio arquitectónico, siempre que presenten un manifiesto valor histórico- artístico o cultural a escala local, entre las que se pueden encontrar la recuperación de hórreos.

f) La puesta en marcha de actividades económicas del Parque, en particular, las relacionadas con la prestación de servicios de atención a visitantes y la comercialización de los productos artesanales del tipo de: Empresas de rutas guiadas, chapuzón recreativo – educativo, promoción de actividades en invierno, y otras semejantes.

g) El mantenimiento o la recuperación de la tipología constructiva tradicional de los edificios que se encuentran en terrenos del interior del perímetro del Parque y tienen una antigüedad de madres de 50 años, estando su uso directamente relacionado con la actividad productiva asociada al sector primario o constituyen la primera residencia de los propietarios, o sean utilizados por los solicitantes de una concesión.

h) Aquellas destinadas a la divulgación y formación entre la población local de los valores e importancia del Parque Nacional, con la conservación de los valores naturales y culturales que justificaron su declaración o que el uso sostenible de los recursos naturales.

Distribución de las ayudas

El departamento dirigido por Agustín Hernández destinará un total de 273.123,49 euros para el desarrollo de estas actividades, que serán distribuidos según el tipo de beneficiario. Las entidades locales contarán con un importe total de 80.000 euros, mientras que las entidades contarán con 120.000 euros y los particulares y asociaciones sin fin de lucro con una ayuda total de 73.123,49 euros.

Teniendo en cuenta las actividades a desarrollar se subvencionarán de la siguiente forma:

• Iniciativas incluidas en los grupos a, c), d), y) y f): en el caso de los Ayuntamientos se subvencionará el 100% de la inversión hasta un importe máximo de ayuda de 18.000 euros, y 9.000 euros en el resto de los casos.

• Iniciativas incluidas en los grupos b), g) y h): en el caso de los Ayuntamientos se subvencionará el 80 % de la inversión hasta un importe máximo de ayuda de 12.000 euros, y 6.000 € en el resto de los casos.

El plazo de presentación de solicitudes comienza el día siguiente al de la publicación y rematará el 28 de junio de 2013.



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