El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) ha emitido un informe favorable a la solicitud de renovación de la licencia de explotación de la central nuclear de Trillo (Guadalajara), según ha informado el organismo regulador, que ha incluido en este informe los límites y una decena de condiciones sobre seguridad nuclear y protección radiológica para diez años próximos al vencimiento de la licencia en vigor, previsto el 17 de noviembre.
Una vez emitido el informe favorable a esta renovación hasta el 17 de noviembre de 2024, ahora será el Ministerio de Industria, Energía y Turismo el que tome la decisión definitiva y autorice o deniegue este permiso, tras el informe preceptivo del CSN.
El informe del CSN establece 10 condiciones relativas a:
la titularidad de la autorización, las actividades autorizadas, la documentación oficial aplicable y sus procedimientos de revisión, las obligaciones de información, el régimen de comunicación de entradas y salidas de material nuclear, el procedimiento y los requisitos aplicables a la renovación de la autorización y en caso de cese de explotación voluntario por parte del titular, los programas y acciones de mejora a realizar durante la vigencia de la autorización y sus plazos de implantación, así como ciertas condiciones específicas derivadas de la revisión periódica de seguridad o de la normativa de aplicación condicionada.
El acuerdo se ha tomado en cumplimiento del apartado b) del artículo 2° de la Ley 15/1980, de creación del Consejo de Seguridad Nuclear, y conforme al procedimiento previsto en el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas (Real Decreto 1836/1999).
En concreto, desde la presentación del expediente en la sesión plenaria del 17 de septiembre, el pleno del CSN ha analizado detalladamente la propuesta de los servicios técnicos en una reunión de la Comisión Permanente de Seguridad Nuclear y Protección Radiológica celebrada el 30 de septiembre y en las sesiones plenarias de 1 y 8 de octubre.
Así, explican que la decisión se fundamenta en los resultados de la evaluación realizada por los servicios técnicos del organismo regulador, contenidos en un conjunto de 35 informes especializados,
En estos análisis se ha comprobado el correcto funcionamiento de la instalación y el mantenimiento del nivel adecuado de seguridad para continuar su operación (Revisión Periódica de Seguridad) así como los resultados de la supervisión continua del funcionamiento de la central mediante el Sistema Integrado de Supervisión de Centrales (SISC) y de las inspecciones realizadas por el CSN durante la vigencia de la actual autorización.
Además, se ha analizado las modificaciones introducidas o previstas para dar respuesta a requisitos normativos de mayor exigencia a los estrictamente requeridos por la reglamentación vigente (Normativa de Aplicación Condicionada) y la verificación del debido cumplimiento por parte del titular de los requisitos de la autorización vigente (Orden Ministerial ITC/4024/2004, de 16 de noviembre), incluidas las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) asociadas y todas aquellas de aplicación a la central, como por ejemplo las ITC relativas a las mejoras de seguridad a introducir como consecuencia de las pruebas de resistencia derivadas de Fukushima.
UNA DECENA DE CONDICIONES
El informe favorable impone diez condiciones sobre la titularidad de la autorización, las actividades autorizadas, la documentación oficial aplicable y sus procedimientos de revisión, las obligaciones de información, el régimen de comunicación de entradas y salidas de material nuclear, el procedimiento y los requisitos aplicables a la renovación de la autorización y en caso de cese de explotación voluntario por parte del titular, los programas y acciones de mejora a realizar durante la vigencia de la autorización y sus plazos de implantación, así como ciertas condiciones específicas derivadas de la revisión periódica de seguridad o de la normativa de aplicación condicionada.
Sobre la titularidad, precisamente el pasado viernes el Gobierno aprobó un Real Decreto Ley para facilitar la adaptación de varias centrales nucleares a la obligación normativa de tener un titular único por central nuclear.
CONDICIONES ESPECÍFICAS
Por otro lado, para que el Gobierno de luz verde a la autorización, el CSN establece también unas condiciones específicas como la necesidad de definir y aplicar en un plazo de un año, programas para la gestión del envejecimiento de determinados equipos de suministro KWU, que aseguren que durante el periodo de operación de la central no se verá afectado el cumplimiento de su función de seguridad en caso de accidente e o incorporar en procedimientos la verificación periódica de las lógicas de actuación de los sistemas de instrumentación y control como función prevista de seguridad.
Asimismo, el pleno del CSN ha aprobado 18 Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) asociadas a la renovación de la autorización, condicionadas a la aprobación previa por parte del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (Minetur).
Estas 18 ITCs desarrollan las condiciones de la autorización y requieren, asimismo, las siguientes acciones de mejora adicionales por parte del titular y que han sido identificadas en el transcurso de la evaluación.
En concreto, se requiere a Trillo que realice análisis específicos a incluir en el informe anual nueva normativa correspondiente a 2015, en relación con la vigilancia de transformadores y la estabilidad de redes; la revisión del Estudio de Seguridad de la central para incluir bases de diseño referidas al emplazamiento; las normas adicionales a incorporar a las bases de licencia de la central como consecuencia de la normativa de aplicación condicionada; pruebas de fugas de sistemas de ventilación y unidades de filtración; mejoras en el aislamiento de contención, así como una revisión general de la documentación soporte de la revisión periódica de seguridad, para incorporar todas las mejoras derivadas de la evaluación realizada por el CSN.
Por otro lado y también sobre Trillo, el Pleno del organismo regulador ha informado también favorablemente a la solicitud de renovación de la autorización de protección física de la central nuclear de Trillo, conforme al Real Decreto 1308/2011, de 26 de septiembre, sobre protección física de las instalaciones y los materiales nucleares, y de las fuentes radiactivas.
El Real Decreto mencionado establece la obligatoriedad de las instalaciones nucleares de solicitar una autorización de protección física al Minetur, quien, previo informe del CSN y del Ministerio del Interior, concederá la autorización correspondiente por el mismo plazo de validez por el que se conceda la autorización de explotación a la que va asociada.