El Consejo de Ministros ha aprobado  la modificación de la  Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos.

Con este proyecto de Ley se profundiza en la eficiencia, competencia y liberalización del sector de hidrocarburos, avanzando de manera definitiva en la reforma comenzada con el Real Decreto-Ley  8/2014 de 4 de julio, en el que se adoptaban diversas medidas para garantizar la competitividad y sostenibilidad del sistema gasista.

En esta modificación de la Ley de Hidrocarburos se adoptan diversas medidas en los siguientes sectores:

Medidas para fomentar la competencia en el sector del gas natural.

Se crea un mercado organizado de gas natural que permitirá obtener precios más competitivos y transparentes para los consumidores y facilitará la entrada de nuevos comercializadores, incrementando la competencia en el sector.

Se posibilita que cualquier instalador de gas natural habilitado pueda realizar la inspección de las instalaciones. Se fomenta así la competencia ya que actualmente sólo podían realizar las inspecciones los distribuidores.

Se fomenta la entrada de nuevos comercializadores mediante el reconocimiento mutuo de licencias para comercializar gas natural con terceros países que se establezca un acuerdo previo.

Se establecen medidas en relación a las existencias mínimas de seguridad que, sin menoscabar la seguridad de suministro, dotan a los comercializadores de una mayor flexibilidad y un menor coste, habilitando a la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) a mantener las existencias estratégicas de gas natural.

Medidas tributarias en materia de exploración, investigación y explotación de hidrocarburos.

Se crea un nuevo impuesto sobre el valor de la producción de hidrocarburos de manera que las rentas económicas derivadas de los yacimientos de hidrocarburos reviertan también en el conjunto de la sociedad,  contemplándose además dotaciones específicas para las Comunidades Autónomas y Entidades Locales donde se ubique el yacimiento.

Se establece una compensación a los propietarios de los terrenos situados sobre el yacimiento, en función del valor de la producción anual.

Se modifican los cánones de superficie existentes, creándose además nuevos cánones por realizar sondeos y sísmicas.

Medidas para incrementar la eficiencia y competencia en el sector de los productos petrolíferos y combatir el fraude.

Se impide que exista duplicidad en las instalaciones de distribución de propano y butano (GLP) por canalización y gas natural, lo que encarecería el precio que pagan los consumidores. Al mismo tiempo se fomenta la distribución por canalización en las zonas que aún no tienen acceso a gas natural, dando preferencia para suministrarlo posteriormente a las empresas que comiencen distribuyendo GLP por canalización.

Se obliga a los comercializadores de GLP a granel a suministrar a todos los consumidores que lo soliciten, siempre que se encuentren en su misma provincia de actuación.

Para poder ejercer la actividad de operador al por mayor de carburantes se exige depositar una garantía, que podrá ser ejecutada en caso de incumplimiento o fraude. 



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