Ayudas a las inversiones en explotaciones agrarias
La Conselleria de Agricultura, Medio Ambiente, Cambio Climático y Desarrollo Rural ha publicado la orden de bases para solicitar las ayudas a las inversiones en explotaciones agrarias enmarcadas dentro del Plan de Desarrollo Rural (PDR) 2014 – 2020. La primera convocatoria se publicará próximamente y contará con una partida de 15 millones de euros de la que podrán beneficiarse cerca de 600 agricultores.
La última convocatoria, realizada en 2013 dentro del anterior PDR (2007 – 2013), contó con 7,5 millones de euros, de los que se beneficiaron 255 agricultores; unos números que ahora se duplican. Hasta 2020 se dispone de un total de 53 millones de euros para dedicar a estas subvenciones, con financiación del Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER), la Generalitat valenciana y la Administración General del Estado.
Se pretende mejorar el rendimiento global y la sostenibilidad de las explotaciones agrícolas. En este sentido, entre los criterios de prioridad de las solicitudes se considerá la dedicación de la explotación a la producción ecológica, la acogida a figuras de calidad diferenciada y la ubicación en zonas con dificultades naturales u otras limitaciones que dificulten su desarrollo, así como si los solicitantes son mujeres o jóvenes agricultores.
Los solicitantes deben ser agricultores profesionales o entidades asociativas con personalidad jurídica que cumplan la definición de pyme, cuya actividad principal sea la agraria y en las que al menos uno de los socios sea agricultor profesional por su trabajo en la entidad. Deberán presentar un plan de mejora de la explotación en el que se recojan las actuaciones previstas, así como su justificación técnica. Mediante este documento deberá también justificarse la sostenibilidad y viabilidad económica del proyecto.
Como novedad respecto al periodo anterior, las ayudas van a concederse exclusivamente como subvenciones directas. En función de las características del solicitante y de la explotación, se cubrirá un porcentaje entre el 35% y el 55% de los gastos subvencionables, entre los que se encuentran:
- La construcción o adquisición de bienes inmuebles.
- La implantación y reestructuración de cultivos permanentes distintos de cítrico.
- La modernización de instalaciones de riego que acrediten un ahorro efectivo del consumo de agua.
- La compra de maquinaria, vehículos de carga y transporte.
- Las inversiones en equipos de acondicionamiento, comercialización y transformación de productos de la propia explotación.
- Instalaciones que reduzcan el impacto medioambiental de la actividad de la explotación o incrementen su eficiencia energética.
- La compra de terrenos hasta un máximo 10% del importe total de las inversiones incluidas en el plan.
Más información en: http://www.dogv.gva.es/datos/2016/11/11/pdf/2016_8874.pdf.