El pleno del Congreso aprobó hoy por unanimidad el Real-Decreto Ley por el que se adoptan una serie de medidas urgentes para paliar los efectos de la sequía en las cuencas hidrográficas del Júcar, Segura, Guadiana y Guadalquivir.

Según el Ejecutivo, en el año hidrológico 2007-2008, que acaba de finalizar, la precipitación media nacional se ha situado un 9 por 100 por debajo de la media normal, unas condiciones climáticas adversas que han dado como resultado que determinados ámbitos de algunas cuencas hidrográficas «continúen con acusados problemas para el suministro de agua».

Así, este Real Decreto Ley, establece conceder la exención de determinadas tasas de agua para riego, extendiéndola a los abastecimientos afectados por la escasez de recursos. Asimismo, se prorroga el Real Decreto Ley de 16 de diciembre de 2005, de medidas urgentes para la regulación de las transacciones de derechos de aprovechamiento de aguas, que se ha revelado como un instrumento útil para la reasignación voluntaria de derechos de agua.

También se prorroga, hasta el 30 de noviembre de 2009, la vigencia de los Reales Decretos 1265/2005, de 21 de octubre y 25 de noviembre de 2005, por los que se adoptaron medidas administrativas excepcionales para la gestión de recursos en las cuencas de los ríos Júcar, Segura y Tajo, y Guadiana, Guadalquivir y Ebro, respectivamente.

En este punto, en el primer caso sólo se prorroga su vigencia para los ámbitos de las cuencas de los ríos Júcar y Segura, y en el segundo caso, para el ámbito de las cuencas de los ríos Guadalquivir y Guadiana, con la salvedad de que en el caso del Guadalquivir sólo hasta el 31 de diciembre de 2008.

Además, se prorroga hasta el 30 de noviembre de 2009, la vigencia del Real Decreto de 25 de noviembre de 2005, por el que se adoptan medidas administrativas excepcionales para la gestión de los recursos hidráulicos y para corregir los efectos de la sequía en las cuencas hidrográficas de los ríos Guadiana, Guadalquivir y Ebro.

La prórroga es única y exclusivamente para el ámbito de la cuenca hidrográfica del río Guadalquivir no afectada por el Real Decreto sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a Andalucía, en materia de recursos y aprovechamientos hidráulicos correspondientes a las aguas de la cuenca del Guadalquivir, que discurren íntegramente por el territorio de la Comunidad Autónoma.

Este Real Decreto Ley tiene por objeto establecer medidas de apoyo a los titulares de derechos al uso de agua para riego en los ámbitos territoriales afectados por la sequía, cuando hayan tenido una dotación inferior al 50 por 100 de lo normal.



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