Pan de calidad

En 2017 se sometió a consulta pública desde el Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medioambiente la nueva norma de calidad para el pan y panes especiales, mediante la cual se recogieron a lo largo de 15 días los principales aspectos a tener en cuenta por el consumidor a la hora de adquirir este alimento.

Actualmente, el Gobierno se encuentra terminando el texto final que se prevé que sea publicado para finales de año.

¿Integral, pero de verdad?

El pan ha ido cobrando importancia en nuestra sociedad, se ha desarrollado una «corriente de culto» hacia este alimento que ha impulsado la apertura de numerosos obradores y tiendas en las que podemos encontrar un gran número de variedades y tipos de panes.

Ante esta creciente oferta, surge la necesidad de impulsar la protección al consumidor. Con el nuevo Real Decreto, se acaba con la compra de un pan integral o artesano, denominado así, pero que no implica que lo sea al 100% sino que al leer la lista de ingredientes nos encontramos con mezclas de harinas integrales y no integrales; de tal manera, que a partir de su publicación, se denominarán “pan 100% integral” o “pan integral” a los panes elaborados con harina exclusivamente integral, excluyendo de dicho porcentaje las harinas procesadas/malteadas.

¿El pan caduca?

Cuando compramos pan esperamos un producto reciente, no seco o duro y este aspecto se ha tratado en la norma. De esta forma, no podrá ponerse a la venta el pan con más de 24 horas de cocción ¿y si en algún establecimiento nos encontrásemos con panes que hubiesen superado este tiempo? en este caso, el establecimiento estará obligado a informarnos mediante carteles y a colocarlo separado del pan cocinado en el día.

Fuente: Cristina Arranz / Técnico de seguridad alimentaria de Ambientum,

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