Alerta alimentaria notificada desde la Agencia Española de Consumo, Seguridad Alimentaria y Nutrición (AECOSAN)
Estos productos fueron distribuidos desde la Comunidad Valencia a varios establecimientos situados en Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Cataluña, Ceuta, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Comunidad Valenciana, Extremadura, Madrid, Melilla, Murcia, Galicia, Rioja y País Vasco que fueron informadas a través del SCIRI (Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información).
¿Se siguen vendiendo en los puntos de venta?
Las referencias ya no están en los puntos de venta porque carecen de lista de ingredientes y en consecuencia de la indicación del contenido en lactosa como alérgeno.
En caso de alerta, es necesario que la empresa responsable actúe rápidamente. Deben localizar el producto e identificar la causa a lo largo de la cadena, pero ¿cómo debe proceder la empresa?
El Reglamento (CE) n° 178/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28 de enero de 2002, por el que se establecen los principios y los requisitos generales de la legislación alimentaria, se crea la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria y se fijan procedimientos relativos a la seguridad alimentaria conocido como el Reglamento de trazabilidad, exige a las empresas disponer de un sistema Recall o de retirada de alimentos que no cumplen los requisitos de seguridad alimentaria.
De esta forma, desde la página web de la empresa se ha procedido a informar a los clientes. Desde AECOSAN solicitan que no se consuman los productos que se hubiesen comprado anteriormente por personas alérgicas o intolerantes.
Fuente: Cristina Arranz / Técnico de seguridad alimentaria de Ambientum,
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