El Ministerio ha concluido que con las modificaciones y condicionantes relevantes introducidas en la DIA se ha resuelto de manera satisfactoria los aspectos ambientales relativos a fauna y vegetación, Red Natura 2000, patrimonio y paisaje, así como aspectos socioeconómicos, mitigando y corrigiendo las afecciones detectadas a lo largo del proceso de evaluación.

El objetivo del proyecto es proporcionar una mayor garantía de suministro para las superficies de regadío de los Riegos del Alto Aragón mediante la laminación de las avenidas del río Gállego. En el proceso de información pública este proyecto ha recibido 7.865 alegaciones, además de otras extemporáneas de administraciones públicas y alegantes particulares.

La resolución del MARM, que se publicará en breve en el Boletín Oficial del Estado, redefine las características del proyecto para adaptarlo a sus nuevas condiciones. En concreto, el proyecto evaluado sustituye al anterior de una capacidad de 192 hm3.

En este sentido, al readecuar el proyecto, la Resolución establece un desagüe de fondo a una nueva cota más baja que se encuentre lo más próxima posible al nivel de cauce para minimizar en todo lo posible la generación de un embalse muerto. Con el fin de no afectar a los tramos de rafting en ningún caso el embalse muerto superará la cota 427.

La DIA establece que solo cuando el caudal entrante sea superior a los 90 m3/s, sin perjuicio de lo estipulado para las avenidas, se embalsará agua en la presa, que seguirá vertiendo 90 m3/s por los desagües de fondo.

Se excluye la minicentral hidroeléctrica

Se indica que la minicentral hidroeléctrica proyectada queda excluida de la presente evaluación, dado que no se encuentra entre los objetivos prioritarios de este proyecto y el promotor no ha presentado alternativas y no ha justificado la necesidad de la misma en la ubicación propuesta.

La resolución también exige que deberán ubicarse con precisión las superficies de riego beneficiarias del nuevo embalse, cuya viabilidad ambiental deberá haberse resuelto antes de la entrada de la explotación del embalse. Asimismo se comprobará la adecuación del proyecto y su compatibilidad con los objetivos y condiciones del nuevo Plan Hidrológico del Ebro, una vez aprobado este.

Por otro lado, la DIA exige la adecuación de la repercusión de los costes según prevé la Directiva Marco del Agua a los objetivos y a las nuevas características del proyecto y lo que estipule en su momento el nuevo Plan Hidrológico de la demarcación, recayendo los costes del mismo en mayor proporción sobre los principales beneficiarios del proyecto.
La DIA establece que se desarrollen medidas para la mejora de la conectividad longitudinal y transversal del río Gállego desde el embalse de la Peña hasta la desembocadura en el Ebro, a través de la mejora de hábitat y la supresión de todas las infraestructuras que no estén en uso. De esta forma, se evita la fragmentación del hábitat y el efecto barrera sobre la fauna.

Medidas correctoras

La Resolución también indica que no se eliminará inicialmente la vegetación del vaso del embalse mientras se efectúa su seguimiento. Asimismo, se realizará repoblaciones y tareas de restauración de hábitats que compensen la masa forestal perdida, tantos metros de vegetación de ribera y tantas hectáreas de vegetación forestal como las inundadas por el embalse, en coordinación con la administración competente de la Comunidad Autónoma.

Se establecen además una serie de medidas correctoras y compensatorias referidas al Milano real, tales como el seguimiento de las poblaciones reproductoras, la respuesta a los cambios de hábitat inducidos por el proyecto, la protección de la población mediante la declaración de una figura de protección adecuada para el fin perseguido, la construcción de comederos, corrección de tendidos, erradicación del uso ilegal de veneno, etc. Estas medidas serán asumidas por el promotor en colaboración con la Comunidad Autónoma.

También se exige que se ponga en marcha un estudio para el seguimiento de las poblaciones de nutria para analizar sus afecciones antes de la obra y durante los cinco años de explotación del embalse.

Margaritifera auricularia

En el caso de Margaritifera auricularia (especie de molusco bivalvo), en el caso de que se detectaran ejemplares, se procederá a su rescate y ubicación definitiva en hábitats apropiados.

El seguimiento de la eficacia de los caudales generadores y de la circulación de sedimentos se realizará considerando el cumplimiento de los objetivos de conservación del Lugar de Interés Comunitario situado aguas abajo. Dicho régimen de explotación se adaptará al Plan de Gestión de la futura Zona de Especial Conservación del Bajo Gállego.

La DIA requiere que, al menos durante los próximos diez años desde la publicación de esta resolución, se remita un informe anual al órgano ambiental incluyendo un resumen comprensible para el conjunto de los interesados sobre la evolución del proyecto y la adecuada incorporación de las condiciones establecidas tanto en la fase de construcción como de explotación. Dicho plan de seguimiento estará a disposición del público a través de su publicación en la web del Ministerio.

Indignación entre las organizaciones ecologistas

Tras la aprobación de la DIA por parte del Ministerio, las cinco ONGs ecologistas del Consejo Asesor de Medio Ambiente del MARM, SEO/BirdLife, Ecologistas en Acción, Amigos de la Tierra, Greenpeace y WWF, rechazan la aprobación del Embalse de Biscarrués pese a los informes técnicos y científicos en contra y anuncian acciones legales para evitar que se construya el proyecto.

La declaración de impacto ambiental (DIA) constituye una gran agresión medioambiental, pues la construcción del embalse producirá la destrucción irreversible de áreas de gran valor natural, incluidas en la Red Natura 2000, y que por tanto tienen el amparo de la normativa comunitaria.

La DIA es positivia a pesar de contar con multitud de informes que rechazaban tajantemente la construcción del embalse: algunos realizados por entidades públicas de reconocido prestigio, como son el Instituto Geológico y Minero de España (IGME) y el Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (CEDEX), además de varios informes internos en el mismo sentido del propio Ministerio de Medio Ambiente.

En cuanto a las medidas correctoras que plantea la declaración de impacto ambiental, los ecologistas consideran que son totalmente inútiles, superficiales y no van a paliar en ningún caso el gran impacto medioambiental que la obra va a producir.

Las ONGs lamentan que el Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino haya cedido a las presiones locales y de los regantes, que reclaman una deuda histórica preconstitucional, para emitir una declaración de impacto ambiental positiva al embalse de Biscarrués, cuando la mayoría de los informes técnicos con los que cuenta son completamente contrarios a la construcción del embalse. Esta declaración de impacto ambiental positiva, en la que se ha impuesto el criterio político frente al técnico, poco tiene que ver con la “disposición al diálogo”, y la intención de “pintar el ministerio de verde”, indicadas por la actual ministra de Medio Ambiente, Rosa Aguilar, cuando tomó posesión de su cargo.



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