Estos grupos de presión pretenden seguir actuando en contra de la Ley de Patrimonio Natural manteniendo el beneficio económico que les reporta el fomento de especies exóticas que causan un perjuicio muy notable tanto a las especies autóctonas y a los ecosistemas como a las actividades económicas verdaderamente sostenibles. Este el caso del siluro, el black-bass, el lucioperca, la trucha arco-iris, la carpa, los cangrejos exóticos, el lucio, el alburno, las variedades alóctonas de trucha común y esturión, entre otras.
Las organizaciones consideran que no es de recibo que los sectores de la acuicultura y de la pesca intensiva quieran imponer un modelo de negocio basado en la explotación de especies exóticas que causan graves problemas al medio ambiente y a las fuentes sostenibles de actividad económica, máxime cuando hay alternativas y se puede llevar a cabo una transformación racional de estas actividades hacia otras sostenibles que utilicen especies y variedades autóctonas.
En sus escritos, los firmantes recuerdan al Ministerio y a las Consejerías que quienes se oponen a la normativa no pueden alegar desconocimiento ni falta de tiempo para aplicarla pues desde 2007, con la Ley de Patrimonio Natural y Biodiversidad, están vigentes en España las limitaciones que les afectan, con antecedentes que se remontan a 1979 que derivan del Derecho internacional y de la UE.
Mostramos nuestra disposición al diálogo para analizar situaciones concretas, siempre que no se comprometa la puesta en práctica del Real Decreto, ya que, aun siendo muy mejorable, este Real Decreto es un gran avance para afrontar un problema de primer nivel, de muy difícil control en muchos casos y que causa importante daños no sólo ambientales, sino también económicos y sanitarios. También supone el primer intento serio de poner coto a la introducción y expansión de especies invasoras y de paliar sus perniciosos efectos ambientales, sanitarios y económicos, especialmente en el medio acuático.
Por tanto, las organizaciones firmantes solicitamos a los responsables públicos que redoblen sus esfuerzos para exigir el cumplimiento de esta norma con el fin de ampliar su objeto de aplicación de modo progresivo, invirtiendo el dinero dilapidado en fomentar las especies invasoras en afianzar la restauración del hábitat y la recuperación de las especies autóctonas, muy perjudicadas por las invasiones biológicas. Entre las mejoras que debiera incorporar el Real Decreto en su desarrollo están la del aumentar las medidas preventivas que eviten las sueltas, voluntarias o no.
Por último, recordamos que la liberación de especies invasoras fue tipificada como delito por el Código Penal de 1995, lo que ha motivado la intervención de la Fiscalía ambiental, y que la Ley de Responsabilidad Medioambiental de 2007 obliga a indemnizar por los daños económicos que causan.