La introducción de especies impropias de un ecosistema se considera uno de los daños más graves para la diversidad biológica. Con motivo del Año Internacional de la Diversidad Biológica y del comienzo de la temporada de pesca, se publica este informe para poner de manifiesto cómo las liberaciones de estos estas especies incumplen la normativa internacional, europea y nacional vigente.
Los principales perjuicios ambientales son:
- Competencia sobre el territorio y los recursos alimentarios para las especies autóctonas.
- Hibridación en el caso de las variedades alóctonas de trucha común.
- Transmisión de enfermedades.
- Detracción de aguas y contaminación por los vertidos de residuos fecales y de medicamentos de las piscifactorías.
Estas falsas “repoblaciones” incumplen el Convenio de la Diversidad Biológica de 1992, el Convenio de Berna de 1979 relativo a la Conservación de la Vida Silvestre en Europa, la Directiva de Hábitats, y la Directiva Marco del Agua de la UE, la Ley de Impacto Ambiental y la Ley del Patrimonio Natural y Biodiversidad, además de que constituyen una infracción del art. 333 del Código Penal.
Una de las razones de estas sueltas es la firma de convenios de “colaboración” con sociedades y federaciones de pesca, cuya colaboración se limita a liberar estos peces. También se emplean para ayudar a mantenerse a piscifactorías de dudosa rentabilidad. Se desconoce el número de ejemplares que se emplean cada año y su coste económico para el contribuyente.
AEMS-RÍOS CON VIDA propone el cese inmediato de estas mal llamadas “repoblaciones”, la denuncia de los convenios firmados con entidades privadas de pesca, la gestión sostenible de la pesca recreativa de acuerdo con la capacidad real de los ríos y que el presupuesto gastado se destine a la restauración del hábitat fluvial.