Connie Hedegaard, comisaria de Acción por el Clima, ha declarado que "la buena noticia es que las emisiones siguieron reduciéndose en 2012. La mala noticia es que se ha acentuado el desequilibrio entre la oferta y la demanda, en gran parte debido a unas cifras récord de utilización de créditos internacionales. Al inicio de la tercera fase, el excedente alcanza casi los 2.000 millones de derechos de emisión. Estos datos avalan la necesidad de que el Parlamento Europeo y el Consejo actúen con celeridad en lo que respecta al aplazamiento".
Datos de las emisiones de 2012
El RCDE UE abarca más de 12.000 centrales eléctricas e instalaciones industriales de los veintisiete Estados miembros, Noruega y Liechtenstein, así como, desde 2012, las emisiones de las compañías aéreas resultantes de los vuelos entre aeropuertos de estos países y de zonas estrechamente ligadas a ellos. Las emisiones verificadas de gases de efecto invernadero de las instalaciones fijas han seguido reduciéndose hasta situarse en 1.867 billones de toneladas equivalentes de CO2 el año pasado, aproximadamente un 2% por debajo de las cifras de las instalaciones de 2011. Las emisiones verificadas comunicadas por las compañías aéreas alcanzan casi los 84 millones de toneladas.
Elevado grado de cumplimiento
Una vez más, las empresas cumplieron en una medida elevada las normas del RCDE UE. Menos del 1% de las instalaciones participantes no entregó derechos de emisión por el total de sus emisiones de 2012 para la fecha límite, el 30 de abril de 2013. En general, se trata de instalaciones pequeñas que representan, en conjunto, menos del 1% de las emisiones comprendidas en el RCDE UE.
Primer año de responsabilidad de los operadores de aeronaves
Hasta ahora, los operadores de aeronaves responsables en 2012 de más del 98% de las emisiones de la aviación comprendidas en el RCDE UE, han adoptado con éxito las medidas necesarias para ajustarse a la normativa del RCDE UE. De conformidad con las disposiciones de la Decisión sobre la excepción temporal, en 2012 los operadores de aeronaves podían limitar su responsabilidad exclusivamente a los vuelos europeos, en cuyo caso debían además restituir, antes del 27 de mayo, los derechos de emisión gratuitos relativos a los vuelos fuera de Europa.
Las autoridades competentes de los Estados miembros responsables examinarán todos los casos de incumplimiento con arreglo a los procedimientos establecidos.
El excedente de derechos de emisión, duplicado en 2012
A finales de 2011, el excedente de derechos de emisión rondaba los 950 millones. Una combinación de factores -utilización de créditos internacionales, derechos de emisión subastados en la segunda fase y derechos de emisión restantes en la reserva para nuevos entrantes, ventas de derechos de emisión de la tercera fase con el fin de generar fondos para el programa NER300 y venta en subasta anticipada de derechos de emisión de la tercera fase– dio lugar a un excedente acumulado de casi 2.000 millones de derechos de emisión a finales de 2012.
Antecedentes
Con arreglo al RCDE UE, las instalaciones deben comunicar a los registros de los Estados miembros sus datos de emisiones verificadas correspondientes a cada año. Los datos de 2012 se publicaron en el Diario de Transacciones de la Unión Europea (DTUE) el 2 de abril. A partir del 15 de mayo, el DTUE muestra también los datos sobre cumplimiento, ofreciendo información sobre si las instalaciones han cumplido su obligación de entregar una cantidad de derechos de emisión equivalente a las emisiones verificadas del año anterior.
El segundo periodo de comercio del RCDE UE se inició el 1 de enero de 2008 con una duración de cinco años, a saber, hasta el 31 de diciembre de 2012. Este periodo coincidió con el periodo en el cual los países industrializados debían cumplir sus objetivos de emisión del Protocolo de Kioto. El RCDE UE ha sido objeto de una reforma sustancial para el tercer periodo de comercio, que se inició el 1 de enero de 2013 y finalizará en 2020. La legislación que revisó la Directiva sobre el comercio de emisiones se adoptó en el marco del paquete de medidas de la UE sobre el clima y la energía el 23 de abril de 2009 (IP/09/628) y establece disposiciones revisadas aplicables al RCDE UE de 2012 a 2020 y más allá de ese periodo.