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En la transformación económica y social necesaria para frenar el cambio climático, no existe una fórmula mágica, un plan maestro. Sin embargo, la mayoría de los gobiernos ha optado por leyes climáticas. El boom vino con los acuerdos de París por el clima, que empujó a los gobiernos a establecer marcos jurídicos para organizar el proceso de descarbonización que no solo haga vinculantes los objetivos de reducción de emisiones a corto y largo plazo, sino que explique cómo alcanzarlos.

Las leyes nacionales sobre el clima, explica un informe del Instituto Ecológico, «pueden ayudar a salvar la brecha de gobernanza entre los requisitos del Acuerdo de París para las acciones a corto plazo plazo y los objetivos a largo plazo, y facilitar la alineación entre ambos». Más de la mitad de los estados miembros de la Unión Europea cuentan con una ley del clima, la están desarrollando o planean ponerla en marcha.

Además, Parlamento Europeo y Consejo -que representa a los estados miembros de la UE- llegaron a un acuerdo sobre la Ley Europea del Clima que servirá de marco general para la acción climática en todo el territorio comunitario y que establece el objetivo de reducción de emisiones en 55% para 2030, además de hacer legalmente vinculante alcanzar la neutralidad climática en 2050.

Leyes nacionales sobre el clima

Las leyes nacionales sobre el clima en Europa varían. Algunas, como la danesa, la francesa, la alemana o la sueca, incluyen objetivos a largo plazo; otras, como la austríaca o la búlgara, solo a corto. Algunas son más detalladas, más complejas, más largas. Otras, prácticamente se limitan a legislar el compromiso de alcanzar los objetivos de reducción de emisiones.

También cambia el ministerio o ministerios responsables o el rol del Parlamento en la toma de decisiones, si vinculan o no los objetivos al presupuesto, cómo establecen los objetivos… Pero en general, comparten sistemas de gobernanza parecidos, modelos de planificación e implementación similares y también de monitorización de los resultados. En parte, porque unas se nutren de otras. En parte, porque desde hace tiempo, también hay exigencias europeas que marca la pauta.

Reino Unido, la pionera

Las leyes sobre el clima no son ni mucho menos nuevas. Una de las primeras en Europa, y la primera en establecer objetivos a largo plazo, es la de Reino Unido que data de 2008. Como muchas otras leyes de este tipo, sirve como paraguas para guiar la acción del gobierno hacia su consecución. Por eso ha ido adaptándose progresivamente. El fin último no es crear un estricto marco jurídico sino un instrumento legal que pueda abarcar todas las medidas necesarias en la lucha contra el cambio climático y permita lograr las reducciones de emisiones fijadas.

La ley británica es sin duda la gran referente en Europa. No solo por su antigüedad, sino porque algunos de los elementos, entonces novedosos, de esa legislación se han visto luego reflejados en otras leyes sobre el clima, como la necesidad de involucrar una institución independiente de control, seguimiento y asesoramiento en el cumplimiento de los objetivos pactados o la noción de presupuestos de carbono sucesivos para organizar los recortes en las emisiones.

La ley británica contempla una reducción del 100% de las emisiones para 2050 con respecto a 1999. Para lograrlo, el gobierno presenta presupuestos quinquenales de carbono, que en la práctica incluyen hasta seis de los principales gases de efecto invernadero, y que determinan cuantas toneladas pueden emitirse en ese periodo de tiempo con vistas a alcanzar el objetivo final, además de qué medidas concretas van a llevarse a cabo para lograr la reducción.

Aunque es el gobierno quien define los objetivos, el Comité para el Cambio Climático, un órgano independiente, tiene un papel consultivo y puede exigir explicaciones al ejecutivo si este se desvía de las metas marcadas por el presupuesto.

Francia, la más completa

La ley sobre el clima francesa es una de las más completas y complejas. Mientras que buena parte de estas legislaciones se limitan a establecer un marco legal general, Francia detalla políticas específicas, enmiendas a códigos existentes que acaban derivando en instrumentos concretos, desde un impuesto al carbono o normas de rendimiento para las centrales térmicas hasta obligaciones concretas relativas a la economía circular o la renovación de edificios.

Incluye objetivos en el sector energético como el aumento del uso de energías renovables, reducir el uso de combustible fósil o preparar el terreno para el despliegue de hidrógeno; o medidas sobre la movilidad limpia.

Otro de los aspectos en los que la ley sobre el clima francesa es más innovadora, es la financiación. Incluye por ejemplo criterios para que las instituciones financieras evalúen la huella de carbono de sus activos -muy en línea con la legislación europea en materia de finanzas sostenibles.

Además, la integración de la política climática como elemento transversal también afecta por ejemplo al presupuesto. En el informe anual que el gobierno debe presentar en el marco de la ley sobre el clima, el ejecutivo debe explicar, por ejemplo, cómo esta contribuyendo a la financiación de la transición ecológica.

Suecia, la parlamentaria

Una de las particularidades de la ley sobre el clima sueca es que no recoge los objetivos de reducción de emisiones de gases efecto invernadero como tal sino que establece un proceso para que sea el parlamento quien los decida.

Así y todo, Suecia tiene unos de los objetivos más ambiciosos de Europa, ya que aspira a alcanzar la neutralidad climática en 2045, cinco años antes de los previsto por la propia Unión Europea. También su objetivo para 2030, que tampoco recoge la ley sino que es objeto de un pacto nacional, es más ambicioso que el europeo.

Otra particularidad en el caso de Suecia es que aunque cuenta también con un órgano consultivo de expertos independiente, éste fue creado fuera de la ley de protección del clima. Lo que sí recoge explícitamente la ley es que políticas climáticas y presupuestarias deben estar perfectamente alineadas.

Finlandia, la previsora

La mayoría de leyes de protección del medioambiente están enfocadas a objetivos a largo plazo, y en particular, a 2050. Pero no todas incluyen esa dimensión en la planificación de la estrategia para alcanzarlos, y ninguna lo hace como la Ley de Protección del Clima finlandesa. Para Finlandia, mirar al futuro es fundamental, y el sistema de planificación finlandés subraya la importancia de un plan estratégico a largo plazo que debe inspirar todas las políticas, más allá de la acción climática.

La ley finlandesa integra medidas a largo plazo con acciones más concretas a corto plazo. Además, incluye diferentes escenarios y opciones para alcanzar el objetivo de la neutralidad climática en 2050, haciéndola así mucho más flexible al cambio. El ministerio de Economía se encarga del plan a largo plazo, cada diez años.

También cada diez años el gobierno debe elaborar un plan de adaptación al cambio climático que identifique riesgos y como atajarlos. Los políticas específicas, concretas, a medio plazo, están al cargo del ministerio de Medio ambiente. Además, la ley exige al ejecutivo monitorizar esas medidas para garantizar que son suficientes y si no, poner otras en marcha.

Alemania, la inconstitucional

Alemania cumple el mito de la organización y cuenta con uno de los mecanismos más elaborados a la hora de asignar responsabilidades en la puesta en marcha de las políticas climáticas, que están repartidas por ministerios. Esto explica en parte que los objetivos de reducción de emisiones anuales estén desglosados por sector económico.

La responsabilidad de lograr estas metas recae directamente en los ministerios a los que les competa el sector en cuestión. De hecho, el consejo de expertos que vigila la aplicación de la ley, analiza el potencial impacto climático de las políticas de cada ministerio. Esto ayuda también a depurar responsabilidades.

Pero lo que ha hecho famosa la ley sobre de acción por el clima de Alemania no es esto, sino una sentencia del Tribunal Constitucional alemán que viene a decir que no es suficientemente ambiciosa.

La legislación vulnera los derechos constitucionales

El Tribunal considera que la legislación vulnera los derechos constitucionales en la medida en que no detalla lo suficiente las acciones para reducir las emisiones más allá de 2030, lo cuál deja la carga de las decisiones drásticas que serán necesarias en las futuras generaciones. La sentencia apunta a que los recortes de emisiones que serán necesarios en el futuro «afectarían potencialmente a cualquier libertad porque casi todos los ámbitos de la vida humana están relacionados con las emisiones».

El Tribunal Constitucional instaba en su sentencia al gobierno a presentar un plan concreto para la reducción de las emisiones antes del próximo año. La semana pasada, Alemania incrementó sus objetivos de reducción de emisiones a 65% en 2030, con vistas a alcanzar la neutralidad climática en 2045, cinco años antes de lo previsto. La sentencia, y el debate, llegan en un momento sensible políticamente ya que Alemania celebra elecciones generales el próximo otoño, y el partido de los Verdes encabezando desde hace semanas todas las encuestas.

Fuente: BEATRIZ RÍOS / EL MUNDO,

Artículo de referencia: https://www.elmundo.es/ciencia-y-salud/medio-ambiente/2021/05/25/60abc12721efa087628b465a.html,



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