El Boletín Oficial del Estado publicó el viernes el Protocolo General, suscrito el pasado 21 de diciembre entre el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y el Gobierno de Aragón, para la aplicación de la Ley 45/2007 de Desarrollo Sostenible del Medio Rural en esa Comunidad Autónoma.

El objetivo de este Protocolo General es definir las bases de colaboración y los principales compromisos entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Aragón, que concluyan en la elaboración de los Planes de Zona para los territorios rurales de esta comunidad incluidos en el Programa de Desarrollo Rural Sostenible, de manera que posteriormente se pueda concertar la ejecución de sus actuaciones mediante el oportuno convenio de colaboración.

En este sentido, las zonas rurales para las que se van a elaborar Planes de Zona en Aragón son La Jacetania, Alto Gállego, Sobrarbe, Rigaborza, Cinco Villa, Hoya de Huesca, Somontano de Barbastro, Cinca Medio, La Litera, Los Monegros, Bajo Cinca, Tarazona y el Moncayo, Campo de Borja, Aranda, Ribera Alta del Ebro, Valdejalón, D.C. Zaragoza, Ribera Baja del Ebro, Bajo Aragón-Caspe, Comunidad de Catalayud, Campo de Cariñena, Campo de Belchite, Bajo Martín, Campo de Daroca, Jiloca, Cuencas Mineras, Andorra-Sierra de Arcos, Bajo Aragón,  omunidad de Teruel, Maestrazgo, Sierra de Albarracín, Gúdar-Javalambre y Matarraña.

En la mayor parte de los casos se trata de zonas a revitalizar de primer nivel, es  decir, que cuentan con el mayor nivel de prioridad para la aplicación de la Ley.

Por lo que se refiere a la financiación de los proyectos, está prevista una financiación del Estado de 73.850.000 euros, aportando la Comunidad Autónoma de Aragón la misma cantidad, para los próximos cinco años.

Además, el Estado aportará al 100% 1.833.333 euros para infraestructuras de interés general para ese mismo periodo.

Para la debida ejecución de las actuaciones incluidas en el Protocolo, la Administración General del Estado designará a la Dirección General de Desarrollo Sostenible del Medio Rural del MARM como órgano de gestión y coordinación operativa, tanto con los centros directivos ministeriales encargados de la ejecución de las acciones como con su homólogo del Gobierno de Aragón, así como a participar con la Comunidad Autónoma en la elaboración de los Planes de Zona.

Por su parte, la Comunidad Autónoma designará, de manera conjunta, a los Departamentos de Presidencia y Medio Ambiente del Gobierno de Aragón como órganos encargados de la coordinación operativa y la elaboración de los proyectos de los Planes de Zona, donde se entiende incluida la elaboración y ejecución del programa de participación pública.



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