El Protocolo de Nagoya fue adoptado en la décima reunión de la Conferencia de las Partes del Convenio en octubre de 2010 con el objetivo principal de asegurar la participación justa y equitativa en el reparto de beneficios derivados de la utilización de los recursos genéticos. Con la adopción de este instrumento se refuerza el tercer objetivo del Convenio que junto con la conservación y uso sostenible de la biodiversidad suponen el marco general de la política global en materia de biodiversidad.
El Protocolo prevé fortalecer el cumplimiento de las normas nacionales de acceso de los países proveedores de recursos genéticos mediante la exigencia de medidas de cumplimiento y seguimiento en los terceros países donde se utilicen dichos recursos genéticos. Ello permitirá lograr una mayor transparencia en los sectores que utilizan recursos genéticos y una más fluida y constante transferencia de beneficios a los países proveedores con la consecuente mejora de la conservación la biodiversidad.
Se trata, por tanto, de un instrumento de gran valor para conseguir ingresos e incentivos para la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica, la reducción de la pobreza y la sostenibilidad ambiental, contribuyendo por consiguiente a alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio.
España, que por su riqueza en diversidad biológica, tiene el doble perfil de país proveedor y usuario de recursos genéticos, considera que la firma de este Acuerdo es un paso decidido y responsable en la lucha contra la pérdida de biodiversidad, que debe protegerse y valorarse tanto por cuestiones éticas como por su contribución al desarrollo sostenible y al bienestar humano.