MITECO ha elaborado unas Directrices para el diseño e implantación en municipios de Zonas de Bajas Emisiones. La Ley de Cambio Climático recoge la creación de estas zonas en: municipios de más de 50.000 habitantes, territorios insulares y municipios de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de contaminantes regulados. Todos ellos deberán contar con estas áreas antes de 2023.
Según MITECO, la correcta implantación de las Zonas de Bajas Emisiones es esencial para mejorar la calidad del aire. Asimismo, de cara a contribuir en la lucha contra el cambio climático.
El ministerio ha abierto el periodo información pública de la propuesta de Directrices para la creación de Zonas de Bajas Emisiones (ZBE). El plazo permanecerá abierto hasta el 30 de septiembre, para que los ciudadanos y agentes interesados hagan sus aportaciones.
Zonas de Bajas Emisiones
La Ley de Cambio Climático y Transición Energética establece la obligatoriedad de adoptar planes de movilidad urbana sostenible a diferentes tipos de municipios. Deberán introducir medidas de mitigación y reducir las emisiones de la movilidad, incluyendo, entre otras, el establecimiento de zonas de bajas emisiones. Esos municipios serán: los de más de 50.000 habitantes; los territorios insulares; y los de más de 20.000 habitantes que superen los valores límite de contaminantes regulados (RD 102/2011)
La creación de estas zonas de bajas emisiones viene también prevista en: el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima y el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica.
Además de mejorar la calidad del aire y la salud de los ciudadanos, la correcta implantación, según MITECO, contribuirá a: promover la movilidad activa; desarrollar un transporte más sostenible; recuperar el espacio público para el peatón; y a impulsar la eficiencia energética en los medios de transporte.
Directrices para las ZBE
La propuesta de Directrices que se presenta a información pública recoge los objetivos mínimos a tener en cuenta para crear una Zona de Bajas Emisiones. Entre ellos se incluyen criterios en materia de calidad del aire, eficiencia energética, ruido y cambio climático.
Además, las Directrices contemplan: el contenido mínimo que debe abordarse a la hora de establecer una ZBE; el procedimiento para su implantación; una propuesta de indicadores de seguimiento; y un amplio catálogo de medidas que los ayuntamientos podrán adoptar para incentivar el cambio hacia una movilidad más respetuosa con los límites planetarios.
Según MITECO, los ZBE: “son un instrumento clave en el cambio hacia un modelo de movilidad más sostenible y en la promoción de medios de transporte de bajas emisiones”. Además, impulsarán la electrificación del sector. Todo ello permitirá que España cumpla sus compromisos y con la normativa europea en cuanto a emisiones de CO2 en el transporte.
Calendario
El objetivo de mejora de calidad del aire en estos espacios debe contribuir a cumplir los valores de la Unión Europea en el menor tiempo posible. Por ello, añade el MITECO, se establecerá un calendario y se evaluará el impacto de las medidas que se adopten en cada ZBE.
Además, la mejora de calidad del aire deberá alinearse en la medida de lo posible con los valores guía de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Estos son más exigentes que los de la normativa europea para la mayoría de los contaminantes.
Según los últimos datos de la OMS, nueve de cada diez personas respiran aire altamente contaminado. La Agencia Europea de Medio Ambiente estima unas 33.200 muertes prematuras en España al año a causa de la mala calidad del aire. Y, entre sus causas, el actual modelo de movilidad y transporte.
El sector del transporte por carretera genera el 26,9% de las emisiones de Gases de Efecto Invernadero de España; origina la mayor parte de la contaminación acústica en Europa; y es responsable del 6,7% de las emisiones de partículas finas y del 30,6% del total de emisiones de óxidos de nitrógeno a la atmósfera.
Finalmente, en materia de ruido, la implantación de las zonas de bajas emisiones disminuirá la contaminación acústica en las áreas urbanas. En ese sentido, estas áreas podrán incorporar entre sus objetivos el cumplimiento de los objetivos de calidad acústica que sean aplicables y que dependen de la zonificación acústica que se haya establecido.
Fuente: Esther de Aragón / EnergyNews,
Artículo de referencia: https://www.energynews.es/miteco-directrices-zonas-de-bajas-emisiones/,