El Real Decreto Ley sobre la nueva retribución a las instalaciones de renovables, cogeneración y residuos para el periodo 2020-2025 contempla tres importantes novedades, entre ellos, cambios en los criterios de acceso a las subastas.

El objetivo del Real Decreto Ley sobre la nueva retribución a renovables tiene como principal objetivo avanzar en la Estrategia de Transición energética Justa y en el abaratamiento de la factura de la luz con el impulso a las energías limpias. A pesar de ser metas positivas, ha encontrado muchos obstáculos para su aprobación.

El documento debía haber sido aprobado el 14 de noviembre pero el Gobierno en funciones decidió posponer la votación en Consejo de Ministros una semana. En ese tiempo, han incluido puntos vinculados al plan de descarbonización para el mantenimiento del empleo y a los criterios de las subastas para adjudicar potencia para el desarrollo de nuevas instalaciones de energía renovables.

Cambios que contempla la nueva redacción del Real Decreto Ley sobre la retribución a renovables

Anexo al plan de descarbonización

El primero de los tres cambios que contempla el decreto ley de retribución a renovables supone añadir un anexo al actual plan de descarbonización. La propuesta permite que las conexiones a la red de las plantas de carbón cerradas se utilicen para energías renovables.

Con esta medida, se podría garantizar el mantenimiento de la actividad y el empleo de las industrias térmicas una vez que su vida útil como generadoras de energía a partir de la extracción de carbón haya finalizado.

Mantener la compensación por los recortes de 2013

El segundo punto del Decreto Ley se refiere a mantener la retribución financiera hasta 2031 a los titulares de instalaciones renovables que se vieron afectados por el recorte que aprobó el Gobierno del PP en 2013 en un 7,503% (la vigente en la actualidad). El objetivo es evitar nuevas reclamaciones ante tribunales y cortes arbitrales.

Esa medida ya se fijaba en un anteproyecto de ley que el Gobierno aprobó en diciembre del año pasado, cuya tramitación quedó interrumpida por la disolución de las Cortes con motivo de la convocatoria electoral de abril de 2019.

El objetivo es poner fin a los litigios ya existentes en cortes arbitrales internacionales y otras instancias por parte de los perjudicados por el recorte. Para acogerse a esa medida se debe renunciar a proseguir con ellos.

También pueden optar a ese régimen de retribución aquellos a los que se les haya reconocido en una resolución firme indemnizaciones o compensaciones. En ese caso se detraerá su importe de la diferencia entre la retribución que proceda abonar de las tasas de retribución congeladas hasta 2031 y las que el anteproyecto de ley fija para los no afectados por el recorte, que en el periodo 2020-2025 es de un 7,09%.

Cambios en las subastas de energías renovables

El tercer cambio del Real Decreto Ley que quiere aprobar el Gobierno introduce novedades en los procesos de adjudicación de las subastas de energías renovables.

Estas son las que se convocan con la finalidad es cumplir con los objetivos de energía renovable que se ha marcado España, que es de un 42% sobre el consumo final y de un 74% de toda la producción eléctrica en 2030. La meta es que empresas medianas y pequeñas de renovables puedan acceder más fácilmente a las subastas. Para ello el Ministerio para la Transición Ecológica propone cambios en los criterios.

Fuente: Noelia López Redondo / EnergyNews,

Artículo de referencia: https://www.energynews.es/decreto-ley-de-retribucion-a-renovables/,



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