El Ministerio recuerda que, tal y como consta en el proyecto de Real Decreto informado por la CNMC y pendiente de dictamen del Consejo de Estado, a partir del 1 de abril se aplicará al consumidor un sistema de precios de la electricidad que consistirá en una de estas cuatro modalidades:

1) Precio por hora para todos aquellos consumidores que dispongan de un contador inteligente integrado.

2) Precio de mercado promedio diario aplicado al periodo de facturación para aquellos consumidores que no tengan instalado un contador inteligente integrado.

3) Precio derivado del contrato estándar anual que tendrán que ofrecer obligatoriamente los comercializadores de referencia a los consumidores.

4) Precio bilateral derivado de la negociación libre entre el comercializador y el consumidor que eventualmente puedan realizar.

El nuevo sistema estará en vigor a partir del 1 de abril. El Ministerio de Industria, Energía y Turismo comparte con la CNMC, tal y como ésta manifestó en su informe sobre el proyecto de Real Decreto, la posibilidad de ampliar en el tiempo el momento preciso del inicio de la facturación de acuerdo a este nuevo sistema más allá del mes inicialmente contemplado en el proyecto de Real Decreto.



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