Contra esta resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas, publicada este viernes en el Boletín Oficial
del Estado y que entra en vigor mañana sábado, se puede interponer recurso de alzada ante el secretario de Estado de Energía en el plazo de un mes.
El permiso de investigación fue otorgado por seis años, desde el 20 de diciembre de 2006 al 19 de diciembre de 2012, a las compañías Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A. (44% de titularidad), Cambria Europe Inc., Sucursal en España (20%) y Heyco Energy Holdings Limited. El 36% de la titularidad corresponde a Petrichor Euskadi Coöperatief UA. La Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi actúa como operador del permiso.
Según explica la resolución, consultada por Europa Press, el real decreto que otorgó el permiso estableció los compromisos y el programa de investigación, de tal manera que para el quinto y sexto año (2011 y 2012) se preveía la perforación de, al menos, un sondeo de exploración, con una inversión para estos dos años no inferior a 235.474 euros cada uno.
Para cumplir estas obligaciones, los titulares solicitaron el 4 de noviembre de 2011 el inicio de los trámites ambientales para la autorización del sondeo de exploración.
En concreto, adjuntaron un Documento ambiental del proyecto de perforación de un pozo para exploración de hidrocarburos, Sondeo Angosto-l (Permiso de Investigación Angosto-1) y un Documento ambiental del proyecto de perforación de un pozo para exploración de hidrocarburos, Sondeo Re-entrada en el antiguo pozo Espinosa CB-1 (Permiso de Investigación Angosto-1), para poder acometer la perforación de al menos uno de estos dos posibles pozos de exploración.
El Ministerio de Medio Ambiente debía pronunciarse en el plazo de tres meses sobre la necesidad de someter o no los proyectos a evaluación de impacto ambiental. Por tanto, el incumplimiento de dicho plazo implicaba una suspensión de los trabajos por causas no imputables a las empresas.
La Ley del Sector de Hidrocarburos establece que, cuando la paralización del expediente o suspensión de los trabajos se produzca por causas no imputables al titular, el permiso o concesión se prolongará por el plazo de duración de aquélla.
El 31 de octubre de 2012 y ante la inminente caducidad del primer período de vigencia del permiso, el operador solicitó una ampliación de periodo de vigencia del mismo como consecuencia de la paralización del expediente por causas no imputables a los
titulares del permiso, que fue concedida el 17 de diciembre mediante una orden que prorrogaba el permiso el hasta el 19 de agosto de 2013 y habilitaba al director general de Política Energética y Minas para ampliar el plazo.
El 14 de febrero de 2013, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente notificó a la operadora la decisión de someter los dos proyectos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental.
Teniendo en cuenta los plazos requeridos para la obtención de los permisos medioambientales y ante la próxima caducidad del
permiso, la operadora solicitó el 3 de agosto de 2013 una nueva ampliación de plazo de vigencia del permiso, que con la resolución publicada este viernes en el BOE se amplía en 34 meses.