La sentencia se limita a anular la autorización que la Generalitat dio a la empresa Acciona para poner en marcha el complejo al admitir el recurso de un particular, apuntando que una instalación como esta debe tramitarse dentro de lo que en la normativa urbanística se conoce como sistemas generales, y en este caso sólo se elaboró un plan especial.

La organización ecologista Ipcena y un particular -miembro de una organización en defensa del territorio- presentaron un recurso en el que pidieron anular la resolución de 2005 y derrumbar el parque, los magistrados rechazan el recurso de Ipcena porque lo presentó fuera de plazo, pero admiten el del vecino, según ha adelantado este jueves el diario El País.

Aunque los magistrados rechazan muchas razones del vecino, como que la instalación del parque atenta contra el patrimonio artístico y cultural, sí han admitido su recurso por la falta de una ordenación urbanística municipal en cada uno de los municipios en los que está instalado.

La abogada que ha tramitado los recursos, Elena Moreno, considera que el parque queda en una situación de ilegalidad.

La letrada también dirigió otro recurso contra el parque de la sierra del Tallat, en el municipio leridano de Vallbona de les Monges (Urgell), que el El TSJC ha declarado ilegal con razones similares al de Les Garrigues.



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