Con este Anteproyecto, el Gobierno pretende subsanar las deficiencias del actual modelo y prevé, de acuerdo con las directivas comunitarias, que se sometan a evaluación ambiental los planes, programas o proyectos que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
En este sentido, establece que la evaluación sea especialmente garantista en el caso de los proyectos para los que se prevean impactos significativos, pero más ágil y menos costosa para las iniciativas con una menor incidencia ambiental.
Entre otras medidas, la norma especifica que la falta de pronunciamiento del órgano ambiental en los plazos legalmente establecidos en ningún caso podrá entenderse como una evaluación ambiental favorable. Exige, asimismo, una mayor calidad en los estudios y documentos sobre los que deben pronunciarse los órganos ambientales.
Reducción de expedientes y plazos
Desde el punto de vista de los procedimientos, el Anteproyecto ajusta los tiempos de tramitación y establece un plazo de entre 4 y 6 meses de duración, lo que evitará dilaciones de difícil justificación desde el punto de vista ambiental. La media actual de resolución de los proyectos sujetos al procedimiento completo de evaluación de impacto ambiental se sitúa en 3,4 años.
La norma pretende solucionar los problemas detectados en el ámbito de la evaluación ambiental, ya que en la actualidad existen alrededor de 10.000 expedientes pendientes de resolver.
La futura Ley, al tiempo que garantiza un alto nivel de protección medioambiental, tendrá efectos positivos sobre el crecimiento y el empleo, ya que las tramitaciones ajustadas a los nuevos plazos incentivarán la inversión y, al simplificar los procedimientos administrativos, también promoverá la generación de puestos de trabajo, informa el MAGRAMA. En concreto, se estima que tendrá un impacto sobre la actividad económica de 1.000 millones de euros y que generará unos 80.000 empleos.
Fractura hidráulica y cambio climático
En consonancia con el Anteproyecto de ley presentado por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo en el Consejo de Ministros el pasado 1 de marzo, la futura Ley someterá a evaluación todos los proyectos que requieran la utilización de técnicas de fracturación hidráulica o “fracking” para la extracción de hidrocarburos. Hasta ahora, esta técnica no estaba regulada expresamente por la normativa.
Otra de las novedades introducidas en la norma es que integra el estudio de los efectos de los proyectos sobre el cambio climático y que crea los bancos de conservación de la naturaleza, un nuevo instrumento de mercado para compensar, reparar o restaurar las posibles pérdidas netas de los valores naturales.
Coordinación con CCAA e información pública
El Anteproyecto establece además una detallada regulación de los procedimientos ambientales de aplicación en el ámbito de la Administración General del Estado, mientras que las comunidades autónomas que decidan establecer su propia normativa deberán respetar los principios básicos contenidos en la nueva Ley.
Con esta finalidad, la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente asumirá el papel de foro para la propuesta y el debate de las reformas legislativas necesarias para la adaptación de la normativa autonómica a la futura Ley de Evaluación Ambiental.
Por último, también promueve las nuevas tecnologías y el acceso de los ciudadanos a la Administración electrónica y, en el ámbito de la participación, favorece el trámite de información pública al ciudadano, todo ello orientado, en definitiva, a sumar esfuerzos para una protección efectiva del medio ambiente.
ONG
Las ONG SEO/BirdLife y Ecologistas en Acción han valorado negativamente el proyecto de ley presentado el pasado viernes.
SEO/BirdLife considera que el proyecto de ley supone un recorte en la protección preventiva del medio ambiente, además de ser su ejecución irrealizable por parte de las administraciones españolas.
Algunos de los puntos cuestionables del texto estudiado por el Consejo de Ministros son:
- Permite tramitar por procedimiento simplificado proyectos con un potencial impacto muy elevado.
- Los plazos son irreales e irrealizables. El Ministerio tendría que evaluar, por ejemplo, el impacto de una central nuclear en un plazo máximo de 4+2 meses (procedimiento ordinario) y una instalación para la producción de energía en medio marino en tan solo 3 meses (procedimiento simplificado).
- Vulnera la Directiva Europea al exceptuar de evaluación los proyectos que determine el Consejo de Ministros.
- Genera una gran inseguridad jurídica a los promotores al postergar hasta la información pública la decisión del contenido, extensión y definición del proyecto.
- Incluye unas Declaraciones de Impacto Ambientales modificables a petición del promotor.
- Crean un banco de conservación de hábitats para las medidas compensatorias, que la creación de un mercado financiero de activos medioambientales basados en actuaciones sobre la biodiversidad con un carácter mercantilista.
- Eliminación de la participación de las ONG en la determinación del alcance de los estudios de impacto ambiental y de los estudios ambientales estratégicos.
SEO/BirdLife solicitará la retirada de este anteproyecto y el inicio de un nuevo proceso de redacción en el que se tengan en cuenta a todas las partes.
Mientras, Ecologistas en Acción afirma que el mencionado borrador de ley da varios pasos atrás en materia de prevención ambiental, pero uno especialmente peligroso para la biodiversidad: los bancos de conservación, un mercado financiero de activos medioambientales.
Además, el recorte de plazos afectará a la calidad de las evaluaciones ambientales y a las posibilidades de participación pública. También se merma el carácter objetivo y determinante de la evaluación de proyectos. Pero de todo su contenido, destaca la disposición adicional por la que se crean los llamados bancos de conservación que el propio MAGRAMA define como un "mecanismo para evitar la pérdida neta de biodiversidad a través de medidas de compensación basado en el mercado".
En principio, los llamados bancos de conservación se plantean con la intención de promover mejoras ambientales en el medio natural, que puedan ser adquiridas por promotores de proyectos impactantes que requieran de medidas compensatorias. Sin embargo, esconden una realidad doblemente perversa, según Ecologistas. De entrada, se asume y facilita que proyectos que no debían ser viables por su elevado impacto ambiental, y que por eso requieren de medidas compensatorias, se puedan desarrollar comprando unos créditos valorados en función de mejoras ambientales que se lleven a cabo. La supuesta mejora ambiental adquirida no aportaría nada a la biodiversidad, por cuanto sería una compensación de un daño ambiental grave. Es decir, el efecto neto sobre la biodiversidad, en el mejor de los casos, sería nulo, cuando no negativo, ya que nada garantiza que la mejora vaya a funcionar o sea realmente equivalente al daño a compensar.
Pero lo realmente preocupante para la ONG es el mecanismo por el que se crean y negocian los créditos del banco de conservación, y que no es otra cosa que un mercado de títulos sobre activos ambientales otorgados a titulares de terrenos, los cuales se transmitirían en régimen de libre mercado y podrían ser negociables por terceras partes en mercados secundarios. Se crearía así un mercado que a último queda en manos de lo que decidan los mercados y, por lo tanto, de los intereses puramente económicos y especulativos.