Un nuevo paso para mejorar la calidad del aire de la conurbación de Barcelona
A partir del 15 de Septiembre del 2015 entrará en vigor la gratuidad de los peajes que gestiona la Generalitat de Catalunya para vehículos eléctricos con certificación de calidad del aire "VEHÍCULO ECO" y que accedan a la conurbación de Barcelona, declarada por el Gobierno como "zona de protección especial de la atmósfera" desde el año 2012 por la persistencia de niveles de contaminación altos de óxidos de nitrògen.
Ésta es una de las medidas enmarcadas dentro del PAMQA (Plan de Actuación para la Mejora de la Calidad del Aire) Horizonte 2020; que tienen que contribuir a disminuir los niveles de los contaminantes atmosféricos de óxido de nitrógeno (NOx), ya que actualmente se vulneran de forma sistemática y con persistencia en 40 municipios de la conurbación de Barcelona donde viven más de 4,6 M de personas.
Más información:
¿Qué es la etiqueta "Vehículo ECO"?
Es el instrumento que aprueba y otorga el Gobierno Catalán para facilitar a la administración autonómica y a la municipal diseñar políticas que orienten la demanda de vehículos de automoción hacia modelos más limpios, de muy bajas emisiones y con una atención especial, clara y sin ambigüedades hacia el vehículo eléctrico.
¿Qué políticas públicas hay detrás de la etiqueta "Vehículo ECO"?
1. Vigentes actualmente o a corto plazo
Gratuidad de los peajes de acceso y tránsito en la Zona declarada de protección especial de la atmósfera para vehículos eléctricos con etiqueta "Vehículo ECO". Vigente a partir del 15 de septiembre de 2015.
30% de descuento para el resto de vehículos etiquetados "Vehículo ECO".
Acceso al carril BUS-VAO-ECO de la C-58 entre Ripollet y Barcelona.
Nota: estas medidas se aplican en los peajes que gestiona la Generalidad de Cataluña. En cuanto al peaje de Martorell, de gestión estatal, no se ha conseguido todavía la oportuna sensibilidad con el Ministerio de Fomento y el Ministerio de Medio Ambiente
Ámbito municipal
Bonificación positiva de las tasas municipales de aparcamiento en zonas reguladas para vehículos etiquetados "Vehículo ECO" para municipios de más de 100.000 habitantes.
Situación actual: medida de ámbito municipal de obligado cumplimiento para los ayuntamientos de más de 100.000 habitantes en la ZPE. En aplicación, estudio y/o redacción de acuerdo con las ordenanzas municipales y los correspondientes planes de mejora de la calidad del aire municipales.
2. Beneficios a medio plazo de disponer de la etiqueta "Vehículo ECO". Episodios de contaminación por NOx y PM10
La necesidad de reducir de forma drástica el parque de vehículos circulando en episodios de contaminación hace necesario la activación de políticas tarifarias de gestión de la movilidad que a la vez deben permitir trasvasar los costes de la movilidad privada más contaminante al transporte público. Bonificaciones al transporte público y penalizaciones al vehículo privado deben ser medidas complementarias y necesarias para reducir la carga contaminante en episodios de contaminación:
Exención del Incremento tarifas peajes en episodios contaminación: El PAMQA establece la necesidad de incrementar los precios de los peajes de acceso y tráfico en la ZPE atmosférica en un 25% en episodios de contaminación. Esta medida, finalista, coincidiría con la bonificación del 50% del transporte público de la ZPE.
Situación actual: decreto tarifas en revisión
Exención Incremento de la tasa de aparcamiento municipal en zonas reguladas en un 25% en episodios de contaminación.
Situación actual: revisión ordenanzas fiscales municipales. Consultar los municipios de: Barcelona, Terrassa, Sabadell, Sta. Coloma de Gramanet, Hospitalet de Llobregat y Badalona.
Bonificación del 100% de la futura figura impositiva a la contaminación atmosférica que prevé la Ley de Financiación del sistema de transporte público de Cataluña en el artículo 18 al respecto de tributos que graven la contaminación atmosférica derivada de la utilización del vehículo privado en desplazamientos comerciales o privados con utilización de aparcamientos de rotación en vías públicas y establecimientos comerciales o de los existentes en edificios o centros generadores de movilidad situados en zonas de protección atmosférica especial.
Los recursos económicos generados deben contribuir a sufragar el coste de la reducción de las tarifas del transporte público por razones ambientales en el marco de planes de mejora de la calidad del aire en zonas de protección especial previstas en el artículo 17 de la misma Ley.
Situación actual: aprobada la Ley de Financiación del sistema de transporte público de Cataluña y en redacción la figura impositiva y el protocolo de actuación para la reducción de las tarifas del transporte público en episodios de contaminación entre la DG de Calidad Ambiental y el Autoridad del Transporte Metropolitano.