La nueva política de residuos deberá orientarse conforme al principio de jerarquía y garantizar la protección de la salud humana y del medio ambiente, maximizando el aprovechamiento de los recursos y minimizando los impactos de su producción y gestión.

Las entidades locales y sus residuos

Con el nuevo texto se moderniza el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos, sistematizando y clarificando obligaciones y simplificando trámites administrativos, de modo que se garantice la trazabilidad en las operaciones de gestión. Se clarifican, asimismo, las competencias de las entidades locales en relación con los residuos generados en los municipios.

Por primera vez se incorporan explícitamente los conceptos de fin de la condición de residuo y de subproducto, facilitando el aprovechamiento de los recursos y suprimiendo cargas innecesarias.

El nuevo texto obliga a las Administraciones Públicas a elaborar programas de prevención de residuos y a elaborar planes y programas de gestión en el ámbito de sus respectivas competencias.

En el 2015 se establecerá la recogida selectiva

Conforme a lo que establece la legislación comunitaria, antes de 2015 se establecerá la recogida separada de distintos materiales procedentes de residuos, así como un objetivo para los domésticos y similares del 50% de preparación para la reutilización y reciclado antes de 2020. En el mismo año, los residuos de construcción y demolición deberán alcanzar un objetivo del 70% en reutilización, reciclado y valorización material. Por primera vez se regularán los biorresiduos al objeto de fomentar su reciclado y aprovechar de forma óptima sus recursos.

Esta regulación prevé que los productores de productos que con su uso se convierten en residuos se involucren en la prevención y gestión de los mismos. Para los sistemas que se creen con este fin, se establece un procedimiento coordinado de autorización para armonizar su funcionamiento en todo el Estado.

Por otro lado, se regularán las obligaciones de información sobre la gestión de los residuos al objeto de disponer de datos precisos y fiables, básicos para el control de la gestión y la evaluación de la eficacia de la aplicación de las políticas de residuos. Y se creará una Comisión Técnica de residuos como órgano de cooperación y colaboración entre las autoridades competentes en materia de residuos.

Refuerza la vigilancia de los suelos contaminados

Se mantiene el régimen aplicable a los suelos contaminados de la Ley 10/1998 de residuos, y se matizan, entre otros, aspectos relacionados con la responsabilidad de la contaminación de los suelos.

El nuevo texto refuerza las funciones de vigilancia, inspección y control, en consonancia con la supresión de determinadas autorizaciones y su sustitución por comunicaciones. Asimismo se ha clarificado y completado el régimen sancionador.

Para la elaboración de esta propuesta se han mantenido reuniones con Comunidades Autónomas, Entidades Locales y Consejo Asesor de Medio Ambiente.



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