El Supremo ha confirmado una sentencia que condena al Ayuntamiento de Arganda (Madrid) a indemnizar a 11 vecinos con 12.352 euros a cada uno, por el exceso de ruido generado por las casas regionales de Andalucía y Extremadura en la localidad. Ambos locales, situadas en los bajos del edificio, eran de titularidad municipal pero carecían de licencia de actividad.
La sentencia ratifica la condena del Tribunal Superior de Madrid, por la "pasividad" del ayuntamiento al no reaccionar frente a las quejas de los vecinos. El "insoportable" ruido procedente de ambos locales sobrepasaba ampliamente los límites legalmente establecidos.
La sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Margarita Robles, mantiene que los vecinos no deben acreditar que padecen algún tipo de enfermedad producida por el ruido, ya que eso sólo serviría "para incrementar el importe de la indemnización”. Para que el ayuntamiento responda "es suficiente la acreditación de un ruido continuado y la incomodidad o sufrimiento experimentado", hechos que han quedado suficientemente probados.
El Supremo también considera ajustada la indemnización, a razón de 228,32 euros al mes durante los cuatro años y medio que duraron las molestias.