Nueva norma
El Consejo de Ministros aprobó el viernes pasado un Real Decreto que modifica la normativa de octubre de 2009 en materia de ordenación del sector pesquero y adaptación al Fondo Europeo de la Pesca, y que permite flexibilizar las condiciones de las bajas aportadas para los expedientes de nueva construcción, modernización y regularización de la flota pesquera operativa, respetando las medidas de esfuerzo en los caladeros.
Así, la nueva norma contempla la posibilidad de sustituir un buque, utilizando la capacidad dada de baja en varios expedientes de construcción o modernización, en lugar de utilizar, como establecía la normativa de 2009, la totalidad de la capacidad del buque sustituido en un solo expediente para la construcción o modernización de otro.
También se permite la aportación de buques en baja provisional si cuentan al menos con una salida en los últimos siete años, flexibilizando así la exigencia de una actividad de 120 días en los 12 meses anteriores.
Para la utilización de los derechos de baja de buques pesqueros perdidos definitivamente por accidente, o que se exporten de forma definitiva a un tercer país, se establece un periodo de 12 meses de validez desde la fecha del siniestro o exportación.
Por otra parte se amplían los plazos de tramitación de los expedientes de construcción o modernización y se autorizan las modificaciones de expedientes siempre que, tras una primera modificación, no se incremente en más de un veinte por ciento la capacidad inicial autorizada, aportando siempre las bajas correspondientes.