¿Cuándo y cómo hacer la verificación de un contador de luz?
La verificación del contador de luz es el proceso por el que se comprueba que un contador que se ha instalado hace un determinado periodo de tiempo, sigue midiendo los parámetros establecidos correctamente conforme a los niveles de confianza marcados por normativa.
El Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, en su artículo 16, establece los plazos y criterios técnicos en los que los contadores de tarificación deben verificarse.
¿Quién verifica el contador de luz?
La verificación del contador de luz debe ser realizada por una entidad sin interés económico, independiente a los participantes del punto de medida, es decir, no podrán realizarla ni el titular del punto de suministro ni la distribuidora responsable de la lectura del mismo. En aquellos puntos frontera de distribución – distribución, conexiones internaciones y los de generación– el encargado de lectura es el operador del sistema.
¿Qué tipos de verificación existen?
- Verificación en origen. Se produce antes de la primera instalación del equipo y antes de reinstalarlo tras una reparación. Los fabricantes de equipos de medida suelen entregar el certificado de verificación en origen del contador, aunque las direcciones generales de industria de algunas comunidades autónomas exigen una verificación adicional, que es realizada por los laboratorios de metrología designados por dichas direcciones generales. A pesar de que existe una normativa nacional que regula las verificaciones del contador de luz, las comunidades autónomas tienen potestad para pedir una verificación adicional que tiene los mismos requisitos técnicos que la verificación en origen.
- Verificación sistemática. Son las que se producen con la periodicidad establecida por el RD 1110/2007.
- Verificación individual. Se produce cuando unos de los participantes en la medida o el operador del sistema lo solicitan de forma explícita. Esta verificación se produce fuera de los plazos establecidos.
¿Cuándo hay que realizar las verificaciones sistemáticas en el contador de luz?
En primer lugar, tenemos que tener en cuenta los tipos de contador de luz que existen según marca la normativa nacional para los diferentes suministros:
Teniendo en cuenta esta distribución de equipos:
- Tipo 1. Todos los contadores deben verificarse cada 2 años.
- Tipo 2. Todos los contadores deben verificarse cada 5 años.
- Tipo 3. Deben verificarse todos los contadores, en una instalación de generación eléctrica cada 5 años. En instalaciones de consumo, la primera verificación deben pasarla a los 10 años y luego con una periodicidad de 5 años
- Tipo 4. Se verificarán cuando algún participante lo solicite por medio de una verificación individual o por lotes.
- Tipo 5. Se verificarán cuando algún participante lo solicite por medio de una verificación individual o por lotes.
Al margen de estas verificaciones, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) podrá inspeccionar las instalaciones de medida, sus equipos y las verificaciones efectuadas cuando considere oportuno.
Responsabilidades de las partes implicadas
El responsable de la lectura, es decir la distribuidora, es la encargada de desprecintar y precintar el contador de luz. En el caso que no esté presente el técnico de distribuidora, el verificador podrá desprecintar el equipo de medida para realizar las mediciones oportunas, teniendo luego que colocar sus precintos, y posteriormente, tan pronto como sea posible, la distribuidora tendrá que sustituirlos de nuevo por los suyos propios.
El responsable de los equipos, lo será también de la instalación, mantenimiento, operación y verificación de los mismos. Los gastos que ocasionen las verificaciones correrán a cargo del responsable de los equipos, existiendo para este proceso un precio máximo establecido por el Gobierno.
Los costes derivados de las verificaciones individuales correrán a cargo de quién solicitó la verificación en el caso que el contador supere la prueba, y si no la supera, asumirá el cargo el responsable del punto de medida.