El Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural ha publicado en el Diario Oficial de la Generalidad de Cataluña la Orden por la que se establece la campaña de pesca de coral rojo (Corallium rubrum) para el año 2013 en las aguas interiores del litoral de Cataluña, que se inicia el día 1 de mayo y finaliza el día 31 de octubre. El resto del año es de veda.

La extracción de coral rojo queda prohibida durante todo el año en las zonas establecidas en la Orden MAH/293/2005, de 16 de junio, por la que se establecen medidas de regulación de la extracción de coral rojo en el ámbito marino del parque natural de Cap de Creus y en la Ley 15/2010, de 28 de mayo, de declaración del parque natural del Montgrí, las Islas Medes y el Baix Ter, de dos reservas naturales parciales y de una reserva natural integral. También se prohíbe la extracción de coral rojo en la zona del litoral comprendida entre el límite norte del término municipal de L´Escala y el cabo de Begur.

Establece una talla mínima de las ramas de coral rojo de 7 mm de diámetro de la base, con una tolerancia máxima de un 5% en peso de ramas de tamaño inferior.

Cabe decir que para la pesca del coral rojo es necesario tener una licencia de pesca prevista en el Decreto 291/1983, de 30 de junio, sobre extracción de coral, y que otorga la Dirección General de Pesca y Asuntos Marítimos en un número máximo de 10. En caso de que el número de solicitantes supere el de licencias, debe otorgarse a los solicitantes que acumulen una mayor puntuación de acuerdo con el baremo que fija la Orden publicada hoy. Si una vez efectuado el recuento de puntos se produjera un empate entre los solicitantes, el otorgamiento de la licencia entre los candidatos con igual puntuación se dirimirá mediante sorteo.



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