Greenpeace considera que vulneran la Directiva 2001/42 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de junio de 2001, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente.

La ONG indica que las prospecciones autorizadas en Canarias vulneran total y absolutamente esa Directiva ya que:

  • No se han evaluado los efectos significativos de las mismas sobre el medio ambiente.
  • No se ha tenido en cuenta el criterio de desarrollo sostenible y la enorme riqueza ecológica de la zona.
  • No se han realizado los informes exigidos en la Directiva.
  • No se han realizado las consultas establecidas en la Directiva, lo que implica además el incumplimiento de la Directiva 2003/35 sobre derecho de participación que incorpora el Convenio de Aarhus.
  • No se han considerado los graves riesgos de seguridad que plantean las perforaciones en aguas profundas, ni se han seguido las recomendaciones de suspensión realizadas por expertos tras el accidente de la plataforma Deepwater Horizon del Golfo de México.

Ecologistas en Acción

A su vez, Ben Magec-Ecologistas en Acción presentó el pasado 19 de septiembre de 2012 ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo la demanda el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real Decreto 547/2012 de 16 de marzo, relativo a los permisos de investigación de hidrocarburos otorgados a REPSOL Investigaciones Petrolíferas S.A.

Además de los aspectos formales (falta de muchos documentos que forman parte del expediente administrativo y que no han sido remitidos por el Ministerio de Industria al Tribunal Supremo), los argumentos más relevantes de la demanda se refieren a

  • la competencia para el otorgamiento de los permisos de investigación, que, a juicio de la ONG, corresponde al Gobierno de Canarias, y no a la Administración General del Estado,
  • la imposibilidad legal de convalidación de un acto declarado nulo por una sentencia firme,
  • la caducidad de los permisos de investigación otorgados en 2011, por haber transcurrido el plazo para su realización,
  • omisión del procedimiento legalmente establecido, puesto que atendidas las circunstancias, debió iniciarse un nuevo procedimiento,
  • insuficiencias no subsanables del proyecto de investigación presentado por REPSOL Investigaciones Petrolíferas S.A.,
  • fraude de ley en el otorgamiento de los permisos de investigación, por infringir el límite máximo de superficie (100.000 hectáreas frente a las 653.658 autorizadas),
  • infracción de la normativa europea en materia de información ambiental,
  • infracción de la normativa europea en materia de evaluación ambiental,
  • infracción de la normativa europea en materia de conservación de los hábitats naturales y de la flora y la fauna silvestres,
  • modificaciones sustanciales introducidas en el acto de convalidación (número de pozos a perforar y programa mínimo de inversiones).

Ecologistas en Acción espera que se haga justicia y que estas prospecciones petrolíferas queden, una vez más, paralizadas.



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